Atención dichas licencias únicamente son válidas para los eventos organizados por la F.B.E.A o sus miembros afiliados. Todas las licencias amparan al poseedor con el seguro de accidente personal, contratado por la F.B.E.A, según Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determinan las prestaciones mínimas a cubrir por el seguro obligatorio para deportistas federados y voluntario para no federados. BOE: 23.6.93. Atención. La solicitud de la licencia, se tendrá que realizar como mínimo diez días antes del evento, solo obtendrá validez transcurridos estos diez días. REVISIONES MÉDICAS Las revisiones médicas serán las mismas que las exigidas para el carné de conducir. SEGURO CONTRATADO POR LA F.B.E.A Mutualidad General Deportiva